censo 1495 - La Foz de la Viexa. LXXII fuegos

La Hoz de la Vieja

Dicta eadem diem dentro el lugar de la Foz de la Viexa, aldea que es de la Comunidat de la ciudat de Teruel, en presencia de los honorables mossen Domingo Ferrer, vicario del dito lugar, y de Johan Vello y de Johan Ximeno, jurados del sobredito lugar, y de Pedro Asensio y de Johan Salmeron, hombres buenos del dito lugar, comparecio el sobredito mossen Johan de Urries, arcidiano de Gorga y canonge de la Seu de la ciudat de Jaqua, comissario y envestigador de las casas, si quiere fuegos, en la partida de la sobrecollida de [f. 391v] Montalban, a los quales fizo fe de su comission y de los actos de la Cort general del regno de Aragon segunt que de la part de suso estan inscritos y continuados, a los quales requirio lo uviessen por envestigador y comissario et cetera. Los quales sobreditos vicario, jurados y hombres buenos del sobredito lugar de la part de suso nombrados en las protestaciones y requestas y penas a penas dichas que ellos y cada uno d’ellos no y consentia y con aquesto que eran prestos y parellados fazer todo aquello que juxta los actos de la dicha Cort son tenidos fazer. Y con esto requirio a los sobredichos que ellos y cada uno de ellos le prestase jurament y homenatge de manos y de voqua de adverar casa devant casa de los vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi pobres como riquas, asi ecclesiasticos como cavalleros e infançones, asi dobles como senzilas, los quales fueron prestos y parellados fazer todo aquello que en el acto de la Cort se contine. Los quales en continent mossen Domingo Ferrer, vicario del sobredito lugar, y Johan Vello y Johan Ximeno, jurados, Pedro Asensio y Johan Salmeron, vezinos del sobredito lugar, juraron a nuestro Senyor Dios y sobre la cruz y sanctos quatro evangelios, por sus manos y voqua toquados y vesados, y prestaron homenatge de manos y de voqua de adverar casa devant casa de los vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi riquos como pobres, asi ecclesiasticos como personas libertadas, asi dobles como sanzilas, y que directament ni directa (sic) no defraudarian ni engaynarian a la sobredita sisa o investigacion por el juramento y homenatge que havian prestado nombraron los fuegos si quiere casas infrascriptas segunt que de la part de suso luego se contine:

 

E primo mossen Domingo Ferrer, vicario del dito lugar:

Pascual Rodrigo

Toda Martin, viuda

Lazaro Buriello

Domingo Royo

Miguel Estevan

Johan Royo

Johan Valero, mayor

Miguel de la Foz

Pero Perez

Johan Rodrigo

Anthon de Vlesa

Johan Beltran

Johan de Segura

Pero Vello

Jorge Rodriguez

Johan Calbo

Johan d’Anel

Domingo Portoles

Johan Portoles

Anthon Ruvio [f. 392r]

Domingo Alcolea

Johan Espaynol

Pascual Salvo

La muxer de Anthon Sancho, pobre

Pedro Calbo, menor

Martin Telo

Pedro Asensio

Domingo Perez de Veya

Johan de Cortes, menor

Johan de Cortes, mayor

Johan Ximeno

Martin Aznar

Johan Camaynero

Pero Polo

Johan Rubert

Domingo Vicent

Johan Salmeron

Anthon del Mas

Vertholomeu de Cortes

Johan Perez Guillen

Miguel de Blesa

Pascual Polo

Domingo Perez, texidor

Pero Madaglena

Johan de Aranda

Mossen Miguel Royo

Pedro de Pueyo

Johan Bello

Miguel Perez de Cortes

Jordana, viuda, pobre

Rodrigo Salmeron

Domingo Falcon, pobre

Johan Escobero

Johan Candial

Toda Domingo, viuda, pobre

Johan Valero, menor

Domingo Salvo

Johan Polo

Bertholomeu Ruvio

Sancho Terrado

Johan Perez de Cortes

Martin Johan Pascual Polo, menor

Pedro Burriello

Pedro la Foz

Pedro Calbo, mayor, pobre

Guillen Perez

Domingo Froton

Martin Ximeno

Domingo Perez, menor

Domingo Sagaro

Los quales sobreditos vicario y jurados y vezinos del sobredito lugar de la Foz de la Viexa, por virtut del juramento y homenatge que havian prestado, que mas vezinos ni habitadores ni masadas que esten dentro el termino del dito lugar no havia sino los sobreditos de la part de suso nombrados y scriptos, y que directament ni indirecta no le havian engaynado ni defraud[ad] o casa ni fuego nenguno de los sobreditos vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi dobles como sançilas, asi pobres como riquos, segunt que en los actos de la part de suso esta continuado a lo qual me refiero, de lo qual requirio al sobredito envestigador seyerne fecha carta publica a exhoneracion de su officio. Testimonios fueron de las sobreditas cosas los de la part de suso nombrados.

Información extraída de Actas de las Cortes de Tarazona 1495. Fogaje general del reino aprobado en las Cortes de Tarazona volumen 2