censo 1495 - La Foz de la Viexa. LXXII fuegos
La Hoz de la Vieja
Dicta eadem diem dentro el lugar de la Foz de la Viexa, aldea que es de la Comunidat de la ciudat de Teruel, en presencia de los honorables mossen Domingo Ferrer, vicario del dito lugar, y de Johan Vello y de Johan Ximeno, jurados del sobredito lugar, y de Pedro Asensio y de Johan Salmeron, hombres buenos del dito lugar, comparecio el sobredito mossen Johan de Urries, arcidiano de Gorga y canonge de la Seu de la ciudat de Jaqua, comissario y envestigador de las casas, si quiere fuegos, en la partida de la sobrecollida de [f. 391v] Montalban, a los quales fizo fe de su comission y de los actos de la Cort general del regno de Aragon segunt que de la part de suso estan inscritos y continuados, a los quales requirio lo uviessen por envestigador y comissario et cetera. Los quales sobreditos vicario, jurados y hombres buenos del sobredito lugar de la part de suso nombrados en las protestaciones y requestas y penas a penas dichas que ellos y cada uno d’ellos no y consentia y con aquesto que eran prestos y parellados fazer todo aquello que juxta los actos de la dicha Cort son tenidos fazer. Y con esto requirio a los sobredichos que ellos y cada uno de ellos le prestase jurament y homenatge de manos y de voqua de adverar casa devant casa de los vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi pobres como riquas, asi ecclesiasticos como cavalleros e infançones, asi dobles como senzilas, los quales fueron prestos y parellados fazer todo aquello que en el acto de la Cort se contine. Los quales en continent mossen Domingo Ferrer, vicario del sobredito lugar, y Johan Vello y Johan Ximeno, jurados, Pedro Asensio y Johan Salmeron, vezinos del sobredito lugar, juraron a nuestro Senyor Dios y sobre la cruz y sanctos quatro evangelios, por sus manos y voqua toquados y vesados, y prestaron homenatge de manos y de voqua de adverar casa devant casa de los vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi riquos como pobres, asi ecclesiasticos como personas libertadas, asi dobles como sanzilas, y que directament ni directa (sic) no defraudarian ni engaynarian a la sobredita sisa o investigacion por el juramento y homenatge que havian prestado nombraron los fuegos si quiere casas infrascriptas segunt que de la part de suso luego se contine:
E primo mossen Domingo Ferrer, vicario del dito lugar:
Pascual Rodrigo
Toda Martin, viuda
Lazaro Buriello
Domingo Royo
Miguel Estevan
Johan Royo
Johan Valero, mayor
Miguel de la Foz
Pero Perez
Johan Rodrigo
Anthon de Vlesa
Johan Beltran
Johan de Segura
Pero Vello
Jorge Rodriguez
Johan Calbo
Johan d’Anel
Domingo Portoles
Johan Portoles
Anthon Ruvio [f. 392r]
Domingo Alcolea
Johan Espaynol
Pascual Salvo
La muxer de Anthon Sancho, pobre
Pedro Calbo, menor
Martin Telo
Pedro Asensio
Domingo Perez de Veya
Johan de Cortes, menor
Johan de Cortes, mayor
Johan Ximeno
Martin Aznar
Johan Camaynero
Pero Polo
Johan Rubert
Domingo Vicent
Johan Salmeron
Anthon del Mas
Vertholomeu de Cortes
Johan Perez Guillen
Miguel de Blesa
Pascual Polo
Domingo Perez, texidor
Pero Madaglena
Johan de Aranda
Mossen Miguel Royo
Pedro de Pueyo
Johan Bello
Miguel Perez de Cortes
Jordana, viuda, pobre
Rodrigo Salmeron
Domingo Falcon, pobre
Johan Escobero
Johan Candial
Toda Domingo, viuda, pobre
Johan Valero, menor
Domingo Salvo
Johan Polo
Bertholomeu Ruvio
Sancho Terrado
Johan Perez de Cortes
Martin Johan Pascual Polo, menor
Pedro Burriello
Pedro la Foz
Pedro Calbo, mayor, pobre
Guillen Perez
Domingo Froton
Martin Ximeno
Domingo Perez, menor
Domingo Sagaro
Los quales sobreditos vicario y jurados y vezinos del sobredito lugar de la Foz de la Viexa, por virtut del juramento y homenatge que havian prestado, que mas vezinos ni habitadores ni masadas que esten dentro el termino del dito lugar no havia sino los sobreditos de la part de suso nombrados y scriptos, y que directament ni indirecta no le havian engaynado ni defraud[ad] o casa ni fuego nenguno de los sobreditos vezinos y habitadores del sobredito lugar, asi dobles como sançilas, asi pobres como riquos, segunt que en los actos de la part de suso esta continuado a lo qual me refiero, de lo qual requirio al sobredito envestigador seyerne fecha carta publica a exhoneracion de su officio. Testimonios fueron de las sobreditas cosas los de la part de suso nombrados.
Información extraída de Actas de las Cortes de Tarazona 1495. Fogaje general del reino aprobado en las Cortes de Tarazona volumen 2